¿Qué puedo reclamar en mi declaración de Impuesto sobre la Renta?

Los gobiernos utilizan la recaudación de impuestos sobre la renta personal para financiarse. El no hacerlo incurre en delito y ya que esto es ilegal, también lo es pagar más de lo que está obligado a pagar. El impuesto sobre la renta se puede deducir siempre que se den unas premisas y se justifiquen con la documentación correspondiente.

Se reconocen dos tipos de exenciones: la personal y la dependiente. La personal la reclamaremos para nosotros y la dependiente en caso de que estemos casados para nuestro cónyuge y presentemos la declaración de la Renta de forma conjunta. También se puede solicitar una exención por cada uno de los menores de edad que residan en nuestra vivienda al igual para personas mayores de 65 años de edad y que requieran de cuidados. Dentro de la categoría de menores de edad se incluye cualquier menor ya sea nuestro, de un familiar u adoptado.

Además de estos requisitos deberemos estar dentro de los baremos económicos que estipula el estado para beneficiarse de dichas deducciones ya que si se supera el baremo se considera que se disponen de los medios económicos suficientes y, por tanto, no es aplicable la deducción.

Por último, debemos saber que también dispondremos de exenciones para toda aquella persona que se encuentre a nuestro cargo independientemente de su relación sanguínea con nosotros si dicha persona dispone de cualquier tipo de discapacidad permanente sin importar el límite de edad. Para que dicha deducción sea efectiva a efectos de la declaración de impuesto sobre la renta deberá haber sido diagnosticada con anterioridad al 31 de diciembre.