Beneficios tributarios para gastos en un funeral

La mayoría de los contribuyentes no saben exactamente qué tipos de gastos son deducibles de impuestos, el ISR se encargara de hacer cumplir cualquier deducción fiscal que se aplica erróneamente en una declaración de impuestos. Uno de los rubros mas incomprendidos son los gastos funerarios, incluyendo cremación y lote en el cementerio, a continuación se presenta un listado de las deducciones legitimas siempre y cuando se apliquen correctamente.

  • Seguro social y Medicare. Estos gastos no están relacionados con el fallecimiento, únicamente aplican en el diagnostico, tratamiento y prevención de la enfermedad, mas este derecho es deducible de impuestos.
  • Deducción de impuestos inmobiliarios. En caso de fallecimiento el beneficiario que herede el patrimonio del fallecido tiene derecho a deducir impuestos inmobiliarios siempre y cuando no rebasen los $5,120,000.00 en bienes, activos, acciones, jubilación, pago de seguro de vida y bonos.
  • Gastos funerarios permitidos. Las deducciones pueden incluir la siguiente lista de gastos: costo de ataúd, gastos funerarios, honorarios de última visita médica, gastos por ultima hospitalización si el difunto falleció en éste, hogar de ancianos, tarjetas de crédito sin pagar, facturas pendientes, honorario de abogados y tarifas judiciales para abrir una finca.
  • Cónyuge e hijos. Si una finca pasa a manos de un conyugue los impuestos a pagar son de $0, si ésta pasa a los hijos mayores de edad el impuesto seguirá siendo el mismo.

Es muy importante presentar todos los gastos, facturas, hipotecas, etc. cuando se haga la deducción de impuestos, esto ayudara a disminuir la cantidad de activos gravados por el ISR.

 

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Categorias: Moda
Ultima modificación: 10/03/2013