¿Cómo cerrar la cuenta de un cónyuge fallecido del banco?

La muerte del cónyuge es un acontecimiento trágico desde casi cualquier punto de vista y es muy seguro que el suceso implique completar un sin número de transacciones; una de las más comunes es el cierre de cuenta del conyugue fallecido, si la cuenta no es de crédito sino de débito o de ahorro, el procedimiento debe ser más o menos similar, aunque cada banco tiene sus propios métodos así como formularios especiales. Es muy importante realizar el cierre de cuenta a tiempo ya que con esto se asegura no perder los fondos ahorrados durante varios años hasta que se haga el corte testamentario correspondiente y sea designada una albacea legal.

Para poder llevar a cabo este trámite se debe de obtener original y copia del certificado de defunción, para obtener una copia certificada se debe acudir a la funeraria y realizar el pago correspondiente por éste o acudir al condado de muerte para obtenerlo. El cónyuge vivo deberá acudir al banco, presentar la tarjeta o estado de cuenta que manejaba, identificación oficial y el certificado de defunción, de esta manera el ejecutivo encargado dará el seguimiento correspondiente a la petición.

Generalmente se debe de esperar un periodo para el pago de impuestos por esta operación, después de haber complementado el trámite y tener el recibo de pago de impuestos el banco expedirá el cheque, éste se incluirá en el testamento y será entregado de manera legal a quien resulte ser la albacea, endosándolo con identificación oficial y con una copia del testamento.