Cuando se produce un accidente de tráfico, no sólo debemos tener en cuenta los daños que han sufrido los vehículos, porque hay cuestiones relacionadas con las lesiones físicas, mentales y morales cuyo valor puede superar importe de la reparación de los automóviles. Conviene mucho, por tanto, estar muy atentos a estos detalles.
Debido a que la legislación impone la contratación de un seguro a terceros para poder circular, en caso de que seamos víctimas de un accidente, debemos reclamar tanto los daños a nuestro coche como la indemnización adecuada a las lesiones que hayamos podido sufrir. Las facturas de la reparación del coche o un peritaje por parte de la aseguradora de forma previa a la reparación pueden ser suficientes para reclamar el importe de los daños a nuestro medio de locomoción.
Otros daños que podemos reclamar debido al accidente son el daño emergente y el lucro cesante. El primero está relacionado con el hecho de que debamos recurrir a otros medios de transporte debido a que nuestro coche ha quedado inutilizado debido al accidente. El segundo se refiere a las pérdidas ocasionadas en el caso de que sea un medio de trabajo o generación de ingresos, que deben respaldarse documentalmente para que sean concedidas.
En el caso de los daños físicos y lesiones, dependiendo de la gravedad de las mismas se percibirá la correspondiente indemnizacion. Esta puede incluir los períodos de convalecencia y recuperación o tener especial atención a si se trata de lesiones permanentes. Existen unos baremos que se aplican en caso de incapacidad laboral derivada del accidente.