Cómo solicitar adelantos de prestaciones sociales

En caso de necesidad o de que se produzcan sucesos que alteren de forma grave la situación familiar y su economía, los trabajadores pueden solicitar un adelanto de hasta el 75% de sus prestaciones sociales. Esta medida se contempla en el segundo párrafo del artículo 208 de la Ley Orgánica del Trabajo vigente en España, aunque la podemos observar en la regulación de prestaciones sociales desarrolladas en otros países.

Este derecho permite que se acceda a una cantidad económica que se calcula a partir de lo depositado o acreditado por el trabajador en su historial de cotización. Esta documentación se facilita de forma anual por parte de los empleadores para realizar la declaración de la renta, o puede solicitarse un extracto en cualquier delegación de la Seguridad Social.

La solicitud de este adelanto debe adecuarse a ciertos requisitos o la demostración de obligaciones tales como pensiones familiares y obligaciones escolares, gastos médicos y hospitalarios del núcleo familiar del trabajador o bien por obligaciones relacionadas con la construcción, reparación o gravámenes que afecten a la vivienda (hipoteca o deudas).

Es conveniente, en caso de necesitar este adelanto, que cumplimentemos el modelo oficial de la Seguridad Social para agilizar los trámites, aunque no es obligatorio. Podríamos realizar un escrito exponiendo las razones de nuestra petición de anticipo, pero siempre con la supervisión de los Centros de Atención e Información.

Si el trabajador se encuentra en el extranjero, deberá presentar la solicitud en la dirección provincial donde consten las últimas cotizaciones. En caso de incapacidad laboral, debe solicitarse en la dirección provincial que corresponda al empadronamiento.