Qué ocurre con las deudas de una persona cuando muere

No sólo llora el familiar porque se marcha un ser querido, a veces los acreedores persiguen a los herederos. Y es que, por duro que pueda parecernos, las deudas no se extinguen a la vez que fallece el deudor. Por ello, para satisfacer a los herederos y a los acreedores,  la ley establece normas y procedimientos a seguir en caso de que el fallecido tuviera deudas contraídas sobre su patrimonio.

Generalmente, en caso de que se constate la existencia de deudas sobre la herencia, los cobradores pueden reclamarlas a los herederos en caso de que acepten el legado, o sobre la herencia en caso de que la rechazaran tras conocer la existencia de las deudas. En este caso, un administrador suele gestionar los pagos con los recursos disponibles. Es fundamental tener presente este dato, pues si aceptamos la herencia en forma pura y simple, se une a nuestros bienes y podrían reclamarnos la totalidad de la deuda.

Si se acepta la herencia a beneficio de inventario, los acreedores solo podrían ir contra el patrimonio hereditario, y en caso de ser insuficiente, se extinguiría la deuda sin perjuicio para los herederos.

En el caso de una hipoteca, aunque el deudor muera conservarán los herederos una preferencia en el pago, por lo que el resultado de la venta o remate del bien se destinará, en primer lugar, al pago de las deudas.

Si la deuda derivase de tarjetas de crédito o préstamos, en caso de que hubiese contratado un seguro de vida, al morir el prestatario la entidad financiera cobraría la indemnización y se extinguiría la deuda.