¿Qué pasa si pierdo mi W-2?

En la forma W-2 se recoge toda la información referente a la remuneración y a los beneficios inmutables que ser recibido del emperador así como de los impuestos del seguro social, del Medicare, impuestos a la renta Federal, estatal y local que fueron retenidos de su pago.

Nuestro empleador está obligado por ley a facilitarnos dicha forma ante del 31 de enero y en caso de no recibir dicha forma deberemos comunicárselo para que nos la facilite. En caso de trabajar para más de un empleador deberemos recibir dicha forma de cada uno de ellos ya que en dicha forma se presentan tanto los datos de un empleador como los suyos y esa información irá al servicio de impuestos internos o IRS.

En el caso de que se pierda dicha forma deberemos ponernos en contacto con nuestro empleador y solicitarle que nos remita una nueva en el menor plazo posible para poder tramitar el pago de los impuestos. Si el empleador por cualquier motivo no facilita dicha forma podremos remitirnos al IRS y solicitar que soliciten el duplicado al empleador en nuestro nombre. Dicho organismo solicitará el envío de la documentación necesaria en el plazo de 10 días.

Si por cualquier motivo se produce la pérdida de dicha forma y no llegamos a tiempo para cumplimentar los datos antes del 15 abril (fecha tope para realizar el pago) podemos rellenar la forma 48 52 en la que se calcula los salarios y la cantidad de impuestos retenidos de su sueldo. Este tipo de formulario requerirá más tiempo para su revisión ya que deberán ser contrastados todos los datos.