Cláusulas que debe tener un pacto de socios

A la hora de crear una empresa, las negociaciones y la forma de establecer el funcionamiento de la misma debe quedar bien clara y recogida en un pacto de socios o contrato firmado por todos los socios. Esta acción no es ninguna nadería, pues la forma en que se desarrollen las cláusulas determinará las interpretaciones posteriores en caso de abandono, cese o disolución de la empresa.

Entre las más importantes, tenemos el objeto de la empresa, que es apartado donde se indica qué va a regular el resto de las cláusulas: el funcionamiento del órgano de administración de la sociedad, las limitaciones a su actividad y la regulación de las participaciones.

Del mismo modo, es importantísimo determinar si habrá uno o más administradores de la sociedad y delimitar tanto sus funciones como las actividades que puede realizar sin pedir autorización al consejo: compras hasta un importe máximo, contrataciones de personal, solicitud de préstamos…

Otra cláusula importante es la que refiere al modo en que se producirá la salida de la sociedad de uno de sus miembros, marcando las condiciones y el precio de venta de sus acciones. Suele incorporarse alguna disposición que obliga a los socios minoritarios a vender al mismo precio que lo hacen los socios mayoritarios.

Es conveniente que se regule el modo en que funcionará el consejo de administración y su número de miembros, así como la periodicidad de sus reuniones. Suele fijarse un plazo de permanencia para los socios, que oscila entre 2 y 4 años, para que no haya una huida generalizada que perjudique a la empresa.

Generalmente, se establece una cláusula de confidencialidad para evitar que la información relevante circule de forma inapropiada.

 

 

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Categorias: Legal
Ultima modificación: 02/12/2013